El Servicio de Giro en España

El Servicio de Giro en España

 

Para beneficio de las clases menos acomodadas y por orden de la Regencia del Reino, el 12 de julio de 1841 se establece el “Giro Recíproco”, servicio que consistía en el envío y recepción de órdenes de pago, a las que se denomina libranzas, que se hacían efectivas en las administraciones de Correos. Estas libranzas eran unos documentos, previamente impresos, que se vendían en las oficinas postales. El importe de las mismas no podía ser inferior a 10 reales ni superior a los 200, pues este era el límite económico, mínimo y máximo, que se podía hacer efectivo un solo giro. Dependiendo de la categoría de la oficina a la que fuera dirigida la libranza y la disponibilidad de fondos de la misma, había que observar una normativa de pago muy distinta. Los giros se pagaban a la vista cuando iban dirigidos a una oficina principal, y a cuatro días vista cuando la oficina de destino era una subalterna. Esta demora tenía por objeto que la subalterna tuviera tiempo suficiente para reponer fondos.[…]

 

El servicio de Giro en España (Juan Manuel Cerrato) (PDF) (8 páginas)


Juan Manuel Cerrato García (73) (España)

Juan Manuel Cerrato García (73) (España)